Concurso de acreedores

Un concurso de acreedores es un procedimiento legal que se origina cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia en la que no puede hacer frente a la totalidad de los pagos que adeuda.

El concurso de acreedores abarca las situaciones de:

Quiebra: La quiebra o bancarrota es una situación jurídica en la que una persona (persona física), empresa o institución (personas jurídicas) no puede hacer frente a los pagos que debe realizar (pasivo exigible), porque estos son superiores a sus recursos económicos disponibles (activos). A la persona física o jurídica que se encuentra en estado de quiebra se le denomina fallido. Cuando el fallido o deudor se encuentra declarado judicialmente en estado de quiebra, se procede a un juicio de quiebras o procedimiento concursal, en el cual se examina si el deudor puede atender con su patrimonio a las obligaciones de pago pendientes.

La palabra bancarrota viene del italiano del siglo xvi banca rotta, literalmente «banca rota», por la antigua costumbre de la República de Génova de romper las sillas de los prestamistas que caían en insolvencia financiera.

Suspensión de pagos: Se denomina suspensión de pagos, insolvencia, cesación de pagos o default (en inglés: debt moratorium, latín debitorum moratoria), a la situación concursal en la cual se encuentra una persona, o una familia, o una empresa, o una sociedad mercantil El Estado (llamado Impago soberano), cuando no puede pagar la totalidad de las deudas que tiene con sus acreedores por falta de liquidez o dinero en efectivo. Es un procedimiento que tiene por objeto llegar a un acuerdo entre el deudor y los acreedores, bajo supervisión judicial, sobre el modo en que se pagará.

La diferencia con la quiebra se encuentra en que en la suspensión, el deudor tiene suficientes activos para hacer frente a sus deudas, pero sus activos no son lo suficientemente líquidos. Por ejemplo, puede tener inmuebles o activos fijos por un valor superior a sus deudas, pero no puede pagar esas deudas vencidas en el momento. Por eso también se dice que la suspensión de pagos es una situación concursal temporal, mientras que la quiebra es definitiva.

Publicado por empresaenpareja

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