Subvención de Promoción Empleo Autónomo

Subvención por el establecimiento

  • Objeto: Inicio de actividad.
  • No requiere justificación económica.

  • CUANTÍA: Subvención entre 5.000 euros y 10.000 euros.
  • Discriminación positiva según colectivo.
  • Debe cumplir requisitos antes y después ALTA de autónomo.

Subvención financiera

  • Objeto: Reducir los intereses de préstamos destinados a la creación y puesta en marcha de la empresa.
  • Cuantía: Hasta 4 puntos del Interés y como máximo lo que le corresponde por establecimiento.
  • Requisitos: Justificación por importe total del préstamo.

Subvención para la formación

  • Objeto: Costes por realización de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y con las TICS.
  • Cuantía: 75% del coste de los cursos, con un tope de 1.000 euros.
  • Requiere justificación.

Subvención para asistencia técnica

  • Objeto: Financiación de la contratación de servicios externos para desarrollar la actividad, y de costes por realización de estudios de distinta índole.
  • Cuantía: 75% del coste de los servicios, con un tope de 500 euros.

REQUISITOS para acogerte antes de alta de autónomo:

Es importante seguir el orden que se detalla a continuación:

  1. Estar inscrito como demandante de empleo, no ocupado, hasta el momento de su alta como trabajadores autónomos, (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el régimen especial que corresponda o en la Mutualidad del colegio profesional), permitiendo ser socio de S.C.P. o C.B.
  2. En caso de ser joven menor de 30 años, inscribirse en Garantía Juvenil.
  3. Inscribirse en el Servicio de Promoción Empleo Autónomo.
    • En este caso es recomendable no inscribirse hasta unos días antes de crear la empresa.
    • Una vez inscrito tendrá 6 meses para crear la empresa y solicitar la subvención.
    • Para poder inscribirse deberá de hacerlo estando desempleado inscrito en el paro y tener un DARDE como demandante de Empleo.

4. Darte de alta como AUTÓNOMO.

5. Solicitar la subvención.

    • Presentar los anexos de solicitud en el Registro del Servicio Canario de Empleo.

Otras obligaciones a tener en cuenta:

  • No haber ejercido la misma o similar actividad en los seis meses inmediatamente anteriores al nuevo alta.
  • Hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social.

OBLIGACIONES POSTERIORES:

  • MANTENER LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y SU ALTA DE AUTÓNOMO EN LA SEGURIDAD SOCIAL DURANTE TRES AÑOS.

NOTAS A TENER EN CUENTA:

  • Una vez que se solicita la subvención, tardarán en responder y concederla en torno a 6 meses.
  • El plazo de solicitud de la subvención termina el 30 de septiembre y podría ocurrir que NO le concedan en el caso que se agote el presupuesto establecido.

Un comentario en “Subvención de Promoción Empleo Autónomo

  1. Buen trabajo mi amor, lo nuestro es proyectar nuestros pensamientos a través de la escritura porque para nosotros siempre se nos han puesto las cosas complicadas y ahora estamos preparados, todo controlado, este es uno de los post que yo creo suscitará más interés.

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