Productos financieros pasivos

Los bancos, como cualquier otra empresa, tienen en su balance una parte en la que se encuentran ubicados todos sus activos y otra en la que encontramos los pasivos y el Patrimonio neto.

Los activos son aquellos bienes y derechos que van a generar ingresos para la empresa, mientras que los pasivos son obligaciones, es decir, las deudas que esta tiene y por las que deberá responder. El Patrimonio neto está integrado por las aportaciones que realizan los socios de la entidad, así como por los recursos que está va generando y acumulando en forma de reservas.

A continuación, nos vamos a centrar en la parte del Pasivo. En el argot bancario se habla de productos financieros de Pasivo, aquellos por los que la entidad tendrá que responder.

El balance de una empresa es una cuenta anual que refleja su situación económica y patrimonial. El total de activos será igual a la suma del total Pasivo y el Patrimonio neto de la empresa.

Los productos financieros de Pasivo son aquellos mediante los cuales los clientes depositan dinero en bancos, caja o cooperativas de crédito, y estos quedan obligados a devolvérselo en las condiciones acordadas.

Podemos encontrar gran variedad de productos financieros de Pasivo en las entidades financieras. De hecho, estás intentan diferenciarse comercializando productos que se adapten a las necesidades de sus potenciales clientes.

Vamos a contar con más detalle el principal producto financiero de Pasivo que encontramos en la actualidad en los mercados financieros.

1. La cuenta corriente es el tipo de cuenta bancaria más habitual del mercado. Es un producto que se formaliza a través de un contrato entre entidad y la empresa o el particular que lo solicite.

Mediante este contrato, la entidad financiera recibe unos fondos, y está obligada a su devolución, total o parcial, en el momento en que el cliente lo solicite, y esté por su parte recibe unos servicios, como custodia de sus fondos, servicio de caja, se le facilitan unos medios de pago como tarjeta de débito y, además, en la mayoría de ocasiones, la entidad le ofrece intereses, que no suelen ser muy elevados.

Este tipo de producto no suele utilizarse para ahorrar, sino por el servicio de caja que lleva aparejado, ya que la entidad se compromete a realizar sus pagos y cobros que el cliente le solicite como, por ejemplo, ingresos efectivo, ordenar y recibir transferencias bancarias, domiciliar pagos e ingresos, etc.

A. Características del contrato: adhesión, oneroso, bilateral, consensual y atípico.

Dentro de la cuenta corriente, encontramos la modalidad comercializada con el nombre de cuenta nómina. Presenta ventajas el hecho de no tener comisiones, gratuidad de las tarjetas de crédito o incluso la devolución de un porcentaje de los recibos domiciliados. Como competencia a esta cuenta, algunas entidades han lanzado una ofensiva comercial, que es la cuenta corriente sin nómina, en la que ofrecen esas mismas ventajas a los clientes que no pueden domiciliar ninguna nómina, siempre y cuando mantengan un determinado saldo y reciban algún tipo de ingreso.

B. La titularidad de las cuentas bancarias

Para poder contratarla, los requisitos dependerán de si se trata de una persona física o una persona jurídica. En el primer caso, se dice que la persona debe tener capacidad legal para obrar, esto es, podrán hacerlo tanto las personas físicas mayores de 18 años y no incapacitadas legalmente como los menores de edad que se encuentren emancipados.

En cuanto a las personas jurídicas, deberán poseer los poderes notariales que les autoricen a actuar en nombre de la sociedad.

En función de la titularidad de las cuentas, nombraremos el tipo individual.

Estás están abiertas a nombre de un solo titular que puede disponer total o parcialmente de los fondos y tiene facultad para cancelarlas. El titular puede autorizar a otra u otras personas para que efectúen disposiciones de efectivo.

C. Apertura de la cuenta bancaria

Abrir una cuenta bancaria es un proceso relativamente fácil para el que hace falta poco más que el DNI en el caso de que el titular sea un particular o persona física.

Si se trata de abrir una cuenta para un titular con personalidad jurídica, será necesario que se aporten los poderes notariales de las personas autorizadas para operar en dicha cuantía bancaria.

En el caso de que el titular sea extranjero, los requisitos dependerán de si es residente o no. En el primer caso, será necesaria la presentación del número de identificación de extranjero (NIE) y, en el caso de no residentes, tendrán que aportar un certificado de no residencia, que emite la Policía Nacional. Aunque pueda parecer extraño, en ocasiones ciudadanos que no tienen su residencia en nuestro país pueden necesitar una cuenta bancaria, por ejemplo, si pasan largas temporadas porque hacen negocios con empresas nacionales.

Las entidad bancaria solicitará que se firme el contrato de adhesión, en el que estarán contenidas las condiciones generales y particulares del producto contratado. Se deberá aportar al cliente una copia de este junto con el folleto de tarifas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles al cliente.

Se ha de llevar a cabo el proceso de recogida y verificación de los datos aportados por el solicitante. Asimismo, la entidad deberá consignar las firmas del titular, de tal manera que queden registradas en las entidad para poder confirmar su autenticidad en cualquier momento y operación.

Publicado por empresaenpareja

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