Declaración Censal

¿Quién debe utilizarlos modelos 036 y 037?

La declaración censal sirve para comunicar y mantener todos los datos que debe contener el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

Las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades empresariales o profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención deberán comunicar a través de las declaraciones censales, modelos 036 o modelo 037, su alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, las modificaciones que se produzcan en su situación tributaria, incluyendo la modificación del domicilio fiscal o social, y la baja en dicho censo.

Con independencia de que la persona jurídica o entidad solicitante no esté obligada a la presentación de la declaración censal de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores utilizará el modelo 036 para solicitar la asignación del número de identificación fiscal provisional o definitivo. La asignación del número de identificación fiscal, a solicitud del interesado o de oficio, determinará la inclusión automática en el Censo de Obligados Tributarios de la persona o entidad de que se trate.

No obstante, las personas físicas que deban formar parte del censo de empresarios, profesionales y retenedores podrán utilizar el modelo 037 de declaración censal simplificada, cuando cumplan determinadas condiciones:

  • Sean residentes en España
  • Tengan asignado un Número de Identificación Fiscal
  • No tengan la condición de gran empresa
  • No actúen por medio de representante
  • Su domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa
  • No estén incluidos en los regímenes especiales del Impuesto de Valor Añadido
  • No figuren inscritos en el Registro de operadores intracomunitarios o en el registro de devolución mensual
  • No realicen ninguna de las adquisiciones no sujetas previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido
  • No realicen ventas a distancia
  • No sean sujetos pasivos de impuestos Especiales, ni del Impuesto sobre Primas de Seguros
  • No satisfagan rendimientos de capital mobiliario

La declaración censal de alta en el censo de empresarios profesionales y retenedores podrá realizarse mediante la utilización del Documento Único Electrónico (DUE), contemplado en la disposición adicional Ley 2/1995, de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en aquellos casos en que la normativa autorice su uso, sin perjuicio de la presentación posterior de las declaraciones de modificación y baja que correspondan, en la medida en que varíe o deba ampliarse la información y circunstancias reflejadas en dicho Documento Único Electrónico (DUE).

En la declaración censal de alta deberán indicar los datos identificativos y de la actividad, los relativos a los regímenes y obligaciones tributarias respecto al IRPF, IS y del IVA o IGIC, y comunicar aquellos otros hechos y circunstancias de carácter censal previstos en la normativa tributaria o que determine el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Asimismo, la declaración censal sirve para solicitar la inscripción en el Registro de Grandes Empresas, Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), Registro de Devolución Mensual (REDEME), y otros registros especiales. Estos registros formarán parte del censo de empresarios profesionales y retenedores.

Forma de presentación

Los modelos 036 y 037 podrán presentarse en impreso o a través de internet.

Baja

Quienes cesen en el desarrollo de actividades empresariales o profesionales, o no teniendo esa condición dejen de satisfacer rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta deberán presentar el modelo 036 o 037 para solicitar la baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.

Publicado por empresaenpareja

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