Es necesario no solo conocer el presente sino conocer a donde vamos por parte de las Administraciones.
Requisitos Prestación (Extraordinaria) por Cese Extraordinario de actividad por el Covid – 19
- Estar de alta en la Seguridad Social (Régimen Especial) antes del 14 de marzo.
- Cuantía del 70% de la base de cotización.
- Si el estado de alarma se prorroga hasta el día 26 abril, el cese de actividad se prorroga hasta el 30 de abril.
IMPORTANTE
- Será incompatible con cualquier otra prestación laboral.
- Se cobrará mientras dure el estado de alarma.
- Hay que mostrar el libro registro de entradas y salidas.
Acceso
- Por las actividades suspendidas (Fuerza Mayor).
- No tengan actividad suspendida, sino que tengan una reducción del 75 % de facturación del mes anterior. La mutua colaboradora exigirá las obligaciones corrientes.
IMPORTANTE
- El pago se hará en 1 mes.
- Los autónomos que estén con la base mínima, el Gobierno complementa ese 30% que no cobran a instancia del interesado.
Prestaciones Por Fuerza Mayor: Recogidas en los siguientes decretos: Reales Decreto 463 y 465.
Alguna de las preocupaciones por parte de los autónomos puede ser el desconocimiento de dicha prestación, o bien no haber abonado la cotización.
¿Qué ocurre si el trabajador no ha tramitado el cese de actividad?
Hay otras medidas que se han implementado: Por ejemplo: Solicitar aplazamientos por las cuotas de mes de abril a junio y que no tengan intereses legales por mora de aplazamiento (Requisitos: Los primeros 10 hábiles del mes y no haber recibido antes otros aplazamientos)
- El autónomo o persona física lo realizara a través del registro electrónico (a través del certificado electrónico).
- Usuarios, a través del sistema red.
IMPORTANTE
La moratoria también se deberá pedir en los 10 primeros días naturales del mes en curso. La cuota que pagamos en abril se prorrogaría 6 meses, es decir, en noviembre pagaríamos la cuota de abril más la de noviembre sin intereses legales.
La resolución se emitirá a través de la sede electrónica.
Según el INSS los trabajadores en Incapacidad Temporal y que tengan que entrar en un ERTE pasarán al SEPE como pago delegado. La mutua solo entraría si hay algún incumplimiento.
Plazo para comunicar a la Tesorería de los ERTES: Cuanto antes (como máximo de 29 de abril) hay que comunicarla a través del sistema RED cuando afecte al periodo de liquidación.
ICO para Empresas y Emprendedores
¿Para quién?
- Autónomos, emprendedores y todo tipo de empresas, tanto españolas como extranjeras que deseen llevar a cabo actividades empresariales y/ o inversiones , cubrir necesidades de liquidez o gastos dentro del territorio nacional.
- Particulares y comunidades de propietarios que deseen rehabilitar su vivienda o edificio.
¿Dónde lo solicito?
Directamente a través de las entidades de crédito.
Importe máximo por cliente
Hasta 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones.
Modalidad
Préstamo, leasing, renting o línea de crédito.
Tipo de interés
Fijo o variable, más el margen establecido por la entidad de crédito según el plazo de amortización.
Súper interesante, deseando que tenga una acotación favorable para España las nuevas y actuales noticas para este sector. Ahora solo falta saber como se va desarrollando la enfermedad en otros lugares del planeta y la repercusión en el turismo con las fechas establecidas para el mes de abril y si se mantiene lo establecido. Muy buen trabajo vida mía! Te quiero!
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